¿Te han dado alguna vez ¨gato por liebre»? Eso es esencialmente lo que significa el «aliud pro alio» y lo que le ocurrió a nuestra clienta, que firmó un contrato de arras para la compra de una vivienda, entregando un importe a cuenta de la venta. Semanas antes de firmar la escritura de venta, y tras pedir un informe de infracción urbanística, advirtió que la vivienda se encontraba fuera de ordenación y que la planta baja (que se vendía como un segundo piso) era en realidad una cámara de aire que no podía considerarse habitable.
Los vendedores se negaron a devolver las arras y comparecieron en la notaría el día fijado para la venta, levantaron acta de incomparecencia de la compradora y se quedaron las arras. No hubo, por tanto, más remedio que iniciar un procedimiento judicial que ha culminado con Sentencia favorable para nuestra clienta, y que ha obligado a los vendedores a devolver las arras y pagar el mismo importe por incumplimiento de contrato, así como los intereses desde su pago.