En el presente asunto, la demandante es legataria de una vivienda sin que se haya adjudicado la herencia. La legataria celebra un contrato verbal de arrendamiento de un año de duración y una renta de 350 € mensuales.
Tras reiterado impago, la demandante presenta demanda de desahucio, justificando como título legitimante documento de certificación de últimas voluntades y el testamento de su difunto marido donde la instituye como legataria de la vivienda arrendada.
El demandado se opone a la demanda alegando falta de legitimación activa de la demandante, puesto que la adjudicación de la herencia no ha tenido lugar. Y siguiendo esta tesis, se desestima la demanda en primera instancia, al considerar la juzgadora que nuestra representada no se encontraba legitimada activamente como legataria, al no ostentar titularidad ni usufructo alguno, no constando tampoco que se haya procedido a la partición de la herencia y que haya adquirido efectivamente la vivienda.
Presentado recurso de apelación en nombre de nuestra representada, la Audiencia Provincial estima nuestro recurso y revoca la Sentencia de Primera Instancia, pues entiende cuando el legado es una cosa específica y determinada, propia del testador, el legatario adquiere su propiedad desde que aquel muere, y hace suyos los frutos o rentas pendientes