Hoy os traemos una noticia de elevado interés para todos aquellos que tienen su hipoteca referenciada al IRPH Entidades o cualquier variante del IRPH.
El mes pasado la Audiencia Provincial de Álava resolvió que declaraba nulo el uso del indice IRPH Cajas y Entidades.
Hasta el mes pasado, los juzgados que se habían pronunciado en relación a la nulidad de este índice eran «juzgados menores«, sin embargo, en este caso es la propia Audiencia Provincial la que dictamina como nula la cláusula que hace referencia al IRPH.
¿Que es el IRPH Entidades?
El IRPH es el Indice de Referencia de Prestamos Hipotecarios, índice por lo tanto, utilizado para la actualización de las hipotecas y que tuvo su nacimiento allá por los años 90.
Todos conocemos el Euribor, sin embargo no son pocas las hipotecas referenciadas al IRPH, se estima que alrededor de 1,5 millones de hipotecas tienen como indice de referencia el IRPH en alguna de sus variantes. En cuanto a Comunidades Autónomas, Cataluña es la región española con mayor numero de hipotecas referidas a este indice.
¿Es perjudicial que me apliquen el IRPH? SI, si que lo es, si en el cálculo de la actualización mensual de la cuota de tu hipoteca te están aplicando el IRPH, simplemente estás entregando a tu Entidad más dinero del que deberías entregar.
El IRPH Entidades no es el único
Del indice IRPH existen tres variantes :
IRPH de Bancos: es la media de los préstamos a tres años concedidos por estas entidades.
IRPH de Cajas de Ahorro: se calcula según las ofertas hipotecarias de las cajas de ahorros.
IRPH Entidades: se calcula teniendo en cuenta todas las entidades.
Este índice es tan controvertido por entenderse que es fácilmente manipulable, ya que son las propias entidades financieras las que lo fijan en base a medias simples del resto de préstamos concedidos por ellas mismas, con lo cual, no entra ningún otro agente a la hora de establecer la actualización del IRPH.
En el año 2013 mediante la ley 14/2013 se eliminaron las dos variantes primeras (IRPH de Bancos y Cajas) estando vigente ahora mismo únicamente el IRPH de Entidades.
Aritméticamente el IRPH de Conjunto de Entidades se calcula como la media simple de los tipos de interés medios ponderados por los principales de las operaciones préstamo con garantía hipotecaria de plazo igual o mayor a tres y siempre para la adquisición de una vivienda libre y que hayan sido iniciadas o renovadas durante el mes al que se refieren los índices.
Simplemente del analisis de su formulación se deriva que solo entran en juego parámetros establecidos por las propia entidades bancarias y financieras, por lo que su ajuste a la realidad económica es muy discutible.
Anulación del IRPH Entidades
Ante esto la Audiencia Provincial de Alava se ha pronunciado en sentencia del 16 de Marzo de 2016 anulando la cláusula por considerar que el IRPH Entidades es una condición general de contratación abusiva, motivado por :
1.- No se mostró al cliente otros indices para que éste pudiera decidirse cual aplicar. Si la Entidad le hubiese ofrecido índices alternativos y le hubiese enseñado el comportamiento del IRPH en el tiempo el cliente habría optado por escoger como indice de referencia el Euribor más un diferencial.
2.- La actuación de la Entidad no fue transparente al no explicar como calcula el Banco de España una actualización cualquiera del IRPH Entidades, ni tampoco le mostró las diferencias con respecto al resto de indices ni su evolución el periodos pasados.
Hay que tener en cuenta que la Audiencia Provincial no considera nulo emplear el IRPH como tal, si no que si lo declara nulo en el caso de que no se haya dado a elegir un indice alternativo y no haya existido una actuación transparente por parte de la Entidad.
Esta Sentencia apoya la falta de transparencia en el uso del IRPH Entidades que siempre hemos defendido desde Tu Despacho de Abogados en Alicante, nos da un punto de apoyo importante para argumentar en los tribunales la anulación de esa cláusula en el contrato hipotecario de nuestros clientes.
Cómo saber si me aplican el IRPH Entidades
Si no sabes si tu hipoteca está referenciada al IRPH en cualquiera de sus variantes te proponemos que hagas lo siguiente :
Toma el ultimo recibo de Marzo de tu préstamo, si te están aplicando un interés por encima del 1,9% (indice IRPH del pasado mes de Marzo) pueden suceder tres cosas, o tienes cláusula suelo o bien tienes IRPH Entidades o bien te dejaron fijo el último IRPH Cajas, Bancos o CECA.
En cualquiera de los anteriores supuestos, puedes (y debes) reclamar, las cantidades a devolver pueden ser muy elevadas y con nosotros no pierdes nada por intentarlo. En Calero Sánchez & Flórez de Quiñones trabamos a éxito en este tipo de asuntos, es decir, intentarlo no te va a costar nada y puedes ganar mucho.
Pídenos una cita, llámanos, pide que te llamemos, acércate a vernos y estudiaremos conjuntamente tu préstamo hipotecario para que recuperes las cantidades indebidamente cobradas.
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