La cancelación de los Antecedentes Penales. ¿Me van a quedar antecedentes penales después de esta sentencia?; tengo una oferta de empleo, pero tengo antecedentes penales, ¿Puedo hacer que desaparezcan?; Me han condenado en sentencia, ¿cuándo puedo solicitar la cancelacion de los antecedentes penales?
Los procedimientos judiciales en materia de derecho penal pueden terminar en sentencias condenatorias, lo que además de la propia condena o pena tiene un efecto secundario añadido, los antecedentes penales.
CANCELACIÓN DE ANTECEDENTES PENALES.
Los antecedentes penales
Efectivamente, una sentencia condenatoria en la jurisdicción penal acarrea antecedentes penales.
Sin embargo, cumplida la pena, los antecedentes penales se pueden cancelar, una vez haya transcurrido un segundo periodo de tiempo que, dependiendo de la gravedad de la pena, será mayor o menor.
Los antecedentes penales no «desaparecen» (debes cancelarlos)
Efectivamente, contrariamente a lo que se piensa, una vez transcurrido el plazo anterior, los Antecedentes Penales deben ser activamente cancelados para que no figuren en ningún Registro.
Es un error (y motivo habitual de sorpresa), el pensar que los Antecedentes Penales se eliminan de forma automática. Es importante que o bien directamente o bien a través de un Abogado, comprobemos y nos aseguremos de su eliminación una vez cumplidos los requisistos que la Ley establece.
¿Cuáles son los plazos para cancelar los antecedentes penales?
Una vez extinguida la responsabilidad penal, es decir, una vez cumplida la pena, comienza a contar otro periodo, el Periodo de Cancelación de Antecedentes Penales
Período de Cancelación de los Antecedentes Penales
Es decir, los antecedentes penales continuan «vivos» durante un plazo (llamado Periodo de Cancelación) una vez que la pena ha sido cumplida.
Este Período de Cancelación de los Antecedentes Penales es variable y depende exclusivamente de la gravedad de la pena :
- 6 meses para las penas leves.
- 2 años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
- 3 años para las restantes penas menos graves inferiores a 3 años.
- 5 años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a 3 años.
- 10 años para las penas graves.
Si, sabemos lo que te estas preguntando : ¿Qué se consideran penas leves, graves, o muy graves?
Gravedad de la pena y Antecedentes Penales
Para saber qué se considera una pena leve, grave o muy grave, tenemos que acudir al artículo 33 del Código Penal.
Como has podido comprobar en los listados anteriores, un ejemplo de pena leve sería una multa de hasta 3 meses, o los trabajos en beneficio de la comunidad de 1 a 30 días o la privación del derecho a conducir vehículos a motor de 3 meses a 1 año.
Entre las penas menos graves podemos encontrar la pena de prisión de 3 meses a 5 años, la privación de derecho a conducir vehículos a motor de 1 año y 1 día a 8 años o la multa de más de tres meses.
Y las más graves de las penas recogidas en nuestro Código Penal son, por ejemplo, la prisión superior a 5 años o prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a 5 años.
Preguntas frecuentes sobre Antecedentes Penales
Sería demasiado extenso dar respuesta a todo el abanico de preguntas que nos plantean en el Despacho en relación a la Cancelación de los Antecedentes Penales.
Si tienes preguntas en relacion con los Antecedentes Penales, no dudes en ponerte en contacto con nosotras, estaremos encantadas de darte la respuesta y solventar tus inquietudes.
Reproducimos a continuación algunas de las preguntas más habituales y que en general, no es sencillo encontrar información fácilmente.
¿Y si tengo varias penas en la misma sentencia?
En los casos en los que las sentencias establecen varias penas por los mismos hechos hay que esperar a cumplir la pena más alta para poder empezar a contar el periodo de cancelación.
Hay que tener especial cuidado a la hora de calcular los periodos de cancelación ya que cada pena, puede tener un periodo de cancelación distinto. Una vez cumplida la pena más alta y transcurrido el periodo de cancelación que corresponda, se pondrán cancelar los antecedentes penales.
¿Desde cuándo empiezo a contar el plazo de cancelación?
Esta es sencilla, según estipula nuestro Código Penal, el Plazo de Cancelación comienza desde el día siguiente a aquel en que quedara extinguida la pena.
Pero, ¿y qué pasa si me suspendieron la condena?
Si no tenías antecedentes penales y pudiste suspender la ejecución de tu condena, a efectos de cancelación de antecedentes penales, ocurre lo mismo : Debes esperar a que se extinga la responsabilidad penal y contar el periodo de cancelación que corresponda a tu pena.
Pero… ¡CUIDADO!, en el caso de las penas suspendidas, el periodo de cancelación se computará retrotrayéndolo al día siguiente a aquel en que hubiere quedado cumplida la pena si no se hubiere disfrutado de este beneficio.
Esto supone algo muy importante : es posible que puedas cancelar tus antecedentes penales antes de lo que pensabas.
Es muy importante para cancelar los antecedentes penales que la persona condenada en sentencia y que quiera cancelar sus antecedentes penales, no haya cometido otro delito durante los plazos que hemos indicado y tenga satisfechas las responsabilidades civiles, en caso de haberlas.
En SEIS & LAW, somos especialistas en derecho penal. Si necesitas ayuda para cancelar tus antecedentes penales o policiales, no dudes en contactarnos. Sabremos ayudarte.
Paola Torres dice
Con una pena de 4 meses y 8 meses con suspensión por 2 años cuanto tiempo debo esperar para cancelar los antecedentes?
Paola Torres dice
Con una pena de 4 meses y 8 meses con suspectamente por 2 años cuanto tiempo debo esperar para cancelar los antecedentes?
Daniel dice
¿Con una pena de prisión de 1 año y seis meses suspendida durante 5 años cuando se puede solicitar la cancelación de antecedentes?
gracias.
abelardo dice
Una vez pasen los 5 años te retrotraes a la fecha en la que cumplirías el año y medio en caso de no disfrutar del beneficio de la suspensión.
ej. 5 años de suspensión desde auto de 03-03-2022 // se acordaría la remisión definitiva el 03-03-2027 // ahora nos retrotraemos a la fecha en la que cumplirías el año y seis meses de prisión (545 días de cárcel) que iniciarías el 04-03-2022 (día siguiente a suspensión) cumpliendo (ficticiamente) tu condena el día 30 de agosto de 2023. El 31 de agosto de 2023 comenzarían los 3 años que se exigen de cancelación de pena, por tanto, cancelarías en fecha 31 de agosto de 2026 (antes, como ves de la remisión definitiva pero una vez obtenida esta)