Hipotecas

Moratoria Hipoteca por Coronavirus

Estamos en guerra, en una guerra sanitaria y contrareloj contra la propagación y los estragos del maldito Covid-19.
Y la ganaremos.
Pero el coste tanto en vidas como el coste económico está siendo muy elevado.
En esta doble lucha sanitaria y económica, el Real Decreto-ley del 17 de Marzo establece diferentes medidas económicas.
Una de ellas es la posibilidad de solicitar un aplazamiento en en el pago de las cuotas de nuestras hipoteca.

Estas medidas económicas no son para todos

Por eso, en el caso de solicitar una moratoria de nuestra hipoteca, hay que cumplir una serie de requisitos.

Y hay que cumplir TODOS esos requisitos. No casi todos, el 90% o la mayoría, no. Todos.

Algo importante (y que es de justicia) :

Solicitar un aplazamiento SIN finalmente cumplir los requisitos, tiene graves consecuencias.

Es importante que lo sepas. Te lo contamos, en tres minutos de lectura.

ÍNDICE : MORATORIA HIPOTECA CORONAVIRUS

Solicitar aplazamiento del pago de hipoteca por Coronavirus.

De acuerdo con el Real Decreto-ley de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, deben cumplirse TODOS estos requisitos para poder pedir un aplazamiento de los pagos de la cuota de la hipoteca:

  • PÉRDIDA DE EMPLEO
    Haber perdido el empleo o, si eres empresario o autónomo, que tus ingresos hayan disminuido al menos un 40% o que tus ventas hayan caído al menos en esa proporción.
  • INGRESOS MES ANTERIOR
    Que los ingresos de la unidad familiar en el mes anterior a la solicitud de aplazamiento de la hipoteca, no superen tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (IPREM), que es de 537,84 euros.
    · Esto significa que no deben superar la cantidad de 1.613,52 € al mes.
    · Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada hijo a cargo o por cada miembro de la familia mayor de 65 años (0,15 veces en el caso de familias monoparentales).
    · En el caso de que algún miembro de la familia tenga una discapacidad superior al 33%, esté en situación de dependencia o incapacitado para trabajar, el límite de ingresos no podrá superar cuatro veces el IPREM (2.151,36€).
    · Esos ingresos no podrán superar cinco veces el IPREM 2.689,2 €) si el obligado al pago de la hipoteca tiene un grado de discapacidad física del 65% o más, o de un 33% en caso de discapacidad mental o enfermedad grave que le impida trabajar.

    Cuatro ejemplos :

    • Ingresos Básicos (sin hijos) : Inferiores a 1.613,52 € al mes
    • Con 1 hijo : Ingresos inferiores a 1.667 euros
    • Con 2 hijos : Ingresos inferiores a 1.721 euros
    • Si el mes anterior la unidad familiar superó los 2.689,2 € : No se puede solicitar el aplazamiento
  • PESO DE LA HIPOTECA / INGRESOS TOTALES
    Que el pago de la cuota hipotecaria, junto con el de los suministros básicos ,suponga, al menos, el 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de la unidad familiar.
  • ESFUERZO EN EL PAGO
    Que el esfuerzo que supone el pago de la hipoteca sobre la renta familiar se haya multiplicado en al menos 1,3%.
  • ¿Qué miembros incluye la unidad familiar?

    La unidad familiar está compuesta por el deudor hipotecario, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita, y los hijos, con independencia de su edad, siempre que residan en la vivienda.

    ¿Esta moratoria se aplica a todo tipo de Hipotecas?

    No.
    Sólamente están reservadas a las hipotecas concedidas para la adquisición de la VIVIENDA HABITUAL

    ¿Y si soy avalista o fiador de la hipoteca de otra persona?

    Si el fiador o avalista de la hipoteca de otra persona (hijo, nieto, hermano, etc.) se encuentra en la situación de vulnerabilidad descrita anteriormente, puede solicitar que el banco agote el patrimonio del deudor, antes de dirigirse contra su patrimonio.

    Ello incluso cuando en el contrato hipotecario hubiera renunciado a este beneficio (beneficio de excusión).

    ¿Dónde, cómo y cuándo puedo solicitar el Aplazamiento del pago de la Hipoteca?

    Dónde y cómo

    Para solicitar el aplazamiento de la cuota hipotecaria, hay que presentar una solicitud ante la entidad bancaria, acreditando el cumplimiento de los requisitos que hemos expuesto anteriormente.

    Una vez realizada la solicitud y acreditado que se cumplen los requisitos exigidos, en un plazo de 15 días, el banco concederá la moratoria y lo comunicará al Banco de España.

    Hasta cuando

    En principio la fecha máxima para solicitar el aplazamiento es el 3 de Mayo, quince días después de que la Ley de medidas urgentes deje de estar en vigor.

    ¿Cuántas cuotas puedo aplazar y qué efectos tiene el Aplazamiento?

    Durante el aplazamiento, el deudor no tendrá que pagar la cuota hipotecaria y tampoco se le aplicarán los intereses de demora.

    De momento no se ha estipulado el plazo por el que se concederá la moratoria.

    ¿Qué documentos necesito para acreditar que cumplo los requisitos para pedir el Aplazamiento de la cuota?

    La documentación necesaria para acreditar que se cumplen los requisitos para pedir el aplazamiento de la hipoteca es la siguiente :

  1. Desempleo:
    Certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones, en el que figure la cuantía mensual percibida en concepto de prestaciones o subsidios por desempleo.
  2. Cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia :
    Certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, en su caso, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.
  3. Número de personas que habitan la vivienda :
    1. Libro de familia o documento acreditativo de pareja de hecho.
    2. Certificado de empadronamiento relativo a las personas empadronadas en la vivienda, con referencia al momento de la presentación de los documentos acreditativos y a los seis meses anteriores.
    3. Declaración de discapacidad, de dependencia o de incapacidad permanente para realizar una actividad laboral.
  4. Titularidad de los bienes :
    1. Nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros de la unidad familiar.
    2. Escrituras de compraventa de la vivienda y de concesión del préstamo con garantía hipotecaria.
  5. Declaración responsable del deudor o deudores
    Relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos para considerarse sin recursos económicos suficientes según este real decreto-ley.
  6. ¿Y si no cumplo todos los requisitos para pedir el Aplazamiento?

    El Real Decreto-Ley publicado por el Gobierno establece unas consecuencias para quien se beneficie de esta moratoria y no cumpla todos los requisitos exigidos.

    En estos casos, se les exigirá el importe de los daños y perjuicios que se hayan podido producir, así como de todos los gastos generados por la aplicación de la moratoria.

    El importe de estos daños, perjuicios y gastos, nunca será inferior al beneficio indebidamente obtenido por la aplicación del aplazamiento de la cuota hipotecaria.

    Es decir, si se te concede el aplazamiento y posteriormente se demuestra que incumples uno solo de estos requisitos…

    Cómo mínimo serías sancionado en la misma cantidad que te has beneficiado. Beneficiarte SIN cumplir los requisitos tiene consecuencias posteriores graves..

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