Derecho Civil en Alicante

Accidente en local abierto al público

Accidente en local publico. ¿Qué hago si resbalo y me lesiono en un local abierto al publico?

¿Tengo derecho a indemnizacion por accidente en local publico?, ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar esta indemnización?, ¿Qué necesito para hacerlo?.

Estas son algunas de las dudas más populares en los accidentes en los locales abiertos al publico

¿Tu también las tienes?… ¡Te lo explicamos todo en este artículo!

ACCIDENTE EN LOCAL ABIERTO AL PÚBLICO.

Accidente en local público.

Si sufres un acidente en un local abierto al público (una caída en un bar, en un local comercial, incluso en la propia vía pública), podrías tener derecho a percibir una indemnización como víctima por los daños que has sufrido.

En este artículo te explicamos cuáles son tus derechos y los pasos a seguir para reclamar la indemnización que te corresponde como víctima del accidente..

En primer lugar, para tener derecho a una indemnización por un accidente sufrido en un establecimiento, tienen que darse conjuntamente dos circunstancias:

  1. Debe existir culpa o negligencia (falta de cuidado) del titular del local (o de sus empleados).
  2. El accidente sufrido y el daño que te ha causado, debe ser consecuencia directa de esa culpa o negligencia.

Algunos Ejemplos…

Un ejemplo podría ser la caída al entrar en un local a causa de un líquido derramado en el suelo y que no fue señalizado y limpiado de forma inmediata.

O por ejemplo, un resbalón en unas escaleras recién fregadas sin que haya un cartel que avise de que el suelo está mojado.

Una baldosa mal colocada, pillarse una mano con una puerta corredera defectuosa o daños por que se te cae encima una estantería que no está bien anclada o que se ha vencido por exceso de peso son ejemplos claros de accidentes en establecimientos, locales incluso en la vía publica.

Un aspecto que debes tener muy en cuenta es que el accidente no se haya producido por tu (erróneo) comportamiento. Ejemplos de este comportamiento equivocado pueden ser que hayas accedido a una zona restringida sólo autorizada al personal del local, o que hayas manipulado maquinaria del local o simplemente que te hayas sentado en algún lugar claramente no habilitado para ello.

¿Qué pruebas necesito para poder reclamar?

Es esencial dejar constancia de la ocurrencia del accidente, solicitando de inmediato la asistencia de servicios de emergencia y por supuesto conservando el informe de urgencias o el parte del centro de salud.

En esos informes se reflejará la lesión sufrida, la causa (normalmente referida por el paciente al médico), el día, la hora y el lugar donde ha tenido lugar el accidente.

También es importante contar con algún testigo presencial . Por tanto, si te resulta posible, no te olvides de solicitar los datos de las personas que estuvieran en el loca en el momento del accidente, pues es posible que haya que llamarlos como testigos si fuera necesario acudir a juicio para reclamar tu indemnización.

Asimismo, será de mucha ayuda fotografiar o grabar el lugar del accidente y los elementos que lo hayan provocado (por ejemplo, la estantería vencida, el liquido derramado en el suelo, etc).

No te olvides de preguntar el nombre de la Compañía de Seguros del establecimiento.

Finalmente, acude a tu médico a fin de que realice un informe (más completo y detallado) en el que aparezcan las lesiones sufridas, pautas de curación, medicación administrada, fecha de próxima consulta, etc.

Esta documentación médica será esencial para la realización de un informe pericial del daño, que será necesario si eventualmente hay que acudir a la vía judicial para reclamar la indemnización.

¿Cómo se calcula la indemnización que me correspone?

Si finalmente el accidente y la lesión es responsabilidad del local, tendrás derecho a una indemnización que se calcula atendiendo a diferentes circunstancias, como tu edad, tu situación laboral, la gravedad de la lesión, las secuelas de los daños (si existen porque la curación no ha sido completa), el gasto sanitario, etc.

Para calcular el importe de la indemnización, teniendo en cuenta los factores anteriores, se suele utilizar de forma orientativa, el actual Baremo de Trafico, donde se valoran económicamente las lesiones físicas y psicológicas que se pueden derivar de un accidente de trafico (y que se utiliza analógicamente).

En internet puedes encontrar varias webs que ofrecen calculadoras de indemnizaciones por accidentes y que pueden darte un dato aproximado de la indemnización que te corresponde. Sin embargo, para obtener un cálculo exacto y reclamar todo lo que te corresponde, te recomendamos que acudas a un despacho profesional especializado en este tipo de reclamaciones.

¿Dónde, Ante Quién y Cómo presentar la Reclamación derivadad de un accidente en local público?

Donde

Lo primero que debes hacer es tratar de obtener la indemnización que te corresponde de forma amistosa, reclamando directamente al establecimiento donde has sufrido el accidente.

Ante quien

Para ello, debes presentar ante el responsable del establecimiento una reclamación que incluya los siguientes datos:

  1. Importe total de la indemnización que reclamas, desglosando los conceptos (lesiones, secuelas, gastos médicos, etc), acompañando los informes médicos y los justificantes de los gastos.
  2. Datos de la Compañía de Seguros del local. ¡OJO! Si no nos facilitaron esa información, también seria el momento de solicitarla de nuevo.

Cómo

Te recomendamos que esta reclamación la envíes mediante un burofax con certificado de contenido, para acreditar el momento en el que haces la reclamación. El motivo es sencillo : sólo dispones de UN AÑO para reclamar la indemnización. Pasado este año, la acción habrá prescrito y no podrás reclamar por los daños que has sufrido.

Efectivamente, exceptuando en Cataluña (que son tres años), sólo dispones de UN AÑO para presentar la demanda. Un aspecto fundamental es que este plazo empieza a contar a partir de que la lesión está curada o cuando el médico te da el alta porque se ha producido una estabilidad lesional ( alta médica, baja permanente…).

En definitiva, el plazo comienza cuando la situación se estabiliza y es definitiva (para bien o para mal).

¿Y si el establecimiento no quiere pagarme la indemnización que solicito?

Como es sabido, no siempre las reclamaciones amistosas llegan a buen puerto. Si el establecimiento (o su Compañía de Seguros) no atiende tu reclamación, no quedará otra alternativa que acudir a la vía judicial demandando al establecimiento y a la compañía aseguradora de éste.

En SEIS & LAW tenemos una amplia trayectoria a la hora de obtener las justas indeminizaciones por accidentes en establecimientos y locales públicos.

Si éste es tu caso, no dudes en ponerte en contacto con nosotras. Estudiaremos tu caso y te propondremos la solución legal óptima para que recibas la indemnización que justamente te corresponde.

¡Ah!, y (como siempre)… cualquier pregunta, duda o consulta que tengas… ¡Encantadas de ayudarte!

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