¿Eres uno de los afectados por la lluvias e inundaciones que han sacudido la Comunidad Valenciana, Murcia y alrededores?
Te explicamos lo que tienes que hacer, quien se hace cargo en estos casos de los daños y te facilitamos toda la información necesaria para obtener tu (justa) indemnización.
Se ha inundado mi casa ¿y ahora que?
Si vives en las provincias de Alicante o Murcia, posiblemente te hayas visto afectado por las intensas lluvias e inundaciones de los últimos días, o conozcas a alguien que lo haya sido.
La DANA ha dejado tras su paso un escenario desolador en nuestra provincia.
Viviendas y comercios completamente arruinados por la fuerza del agua, coches inutilizados, campos anegados por las lluvias y cosechas inservibles…
Ante estas terribles situaciones, principalmente en sus primeros momentos, hay poco espacio para pensar y reflexionar con tranquilidad, las prioridades son otras. Sin embargo, tras el lógico paso del tiempo, se debe intentar recuperar la normalidad con la mayor celeridad posible.
En esos momentos es fundamental el papel que juegan las Compañías de Seguros para conseguir recuperar este estado de normalidad.
Las indemnizaciones que derivan de la aplicación del contrato de nuestra póliza de seguro, serán las que nos permitan sobrellevar el esfuerzo económico que supone restaurar nuestra situación. Y como siempre que se habla de Seguros, reclamaciones o indemnizaciones surgen las mismas preguntas de forma recurrente :
Posiblemente hayas oído hablar estos días pasados del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), pero muy probablemente desconozcas qué es exactamente, qué funciones tiene ni cual es su papel en el caso de siniestros como el que acabamos de sufrir.
El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública (y este es un dato realmente importante) adscrita al Ministerio de Economía y Empresa que tiene patrimonio propio (y este aspecto es, si cabe, aún más importante), distinto al del Estado, que desempeña funciones en el ámbito del seguro.
Entre todas sus funciones, destacan todas aquellas relacionadas con la cobertura de riesgos extraordinarios.
Los riesgos extraordinarios cuando hablamos de seguros, son todas aquellas situaciones que se producen con una frecuencia estadística muy baja y que por lo tanto, el seguro privado habitual generalmente no cubre por defecto.
Entre ellos se encuentran los fenómenos naturales extraordinarios que pueden ser inundaciones, terremotos, maremotos tornados y vientos con rachas superiores a 120 km/h (siempre que no sean habituales, es decir, siempre que sean muy poco frecuentes).
Según la RAE la definición del adjetivo Extraordinario es aplicable a aquello que se sitúa «Fuera del orden o regla natural o común».
Los especialistas en Seguros tenemos muy presente esta definición y siempre consideramos el concepto Riesgos Extraorinarios como algo variable, siempre dependiente de otros aspectos presentes en el siniestro.
Al fin y al cabo, lo que puede ser considerado extraordinario en una zona o incluso en una época, puede no serlo en otra zona diferente o en una época distinta.
Para que el Consorcio indemnice los daños es necesario cumplir los siguientes requisitos :
Según el tipo de daños que hayas sufrido, el Consorcio te pagará los daños siempre y cuando tengas una póliza de seguro que los cubra.
Lo primero que tienes que hacer es comunicar el siniestro. Puedes hacerlo a través de tu compañía aseguradora o dirigiéndote directamente al Consorcio de Compensación de Seguros.
Tendrás que tener localizada tu póliza para facilitar los datos necesarios y comunicar que tipos daños has sufrido. Cualquier prueba que tengas de ellos será importante así que guarda todas las fotografías, videos etc..
Una vez comunicado el siniestro, tu seguro, o el Consorcio, enviarán un perito para verificar los daños y valorarlos. Para la indemnización se tendrán en cuenta las mismas coberturas, capitales, bienes que tengas en tu póliza.
Si no estás de acuerdo con la valoración del perito de la aseguradora podrás contratar uno.
Una vez valorados los daños, en caso de conformidad, el Consorcio te abonará la indemnización.
Si tienes cualquier duda, no sabes si tu póliza cubre los daños a fin de que el Consorcio se haga cargo de los mismos a consecuencia de las inundaciones, no sabes cómo tramitar tu solicitud de indemnización o no estás conforme con la valoración que te proponen y no sabes que hacer…
Llámanos, escríbenos o directamente ven a vernos
En nuestro despacho somos especialistas en Derecho de Seguros y sabremos ayudarte.
De todos los aspectos que se regulan tras la ruptura del matrimonio, el derecho a…
Es común la confusión entre discapacidad e incapacidad. Se suele mezclar Seguridad social, discapacidad e…
Este visado pueden solicitar los nacionales de terceros países que desean residir en España, sin…
¿Te han incluido indebidamente en un fichero de morosos? Debes saber que la inclusión en…
La Ley 8/2021 reforma del Código Civil elimina la incapacitación judicial y la sustituye por…
Te explicamos como comienza el proceso sancionador de la Inspección de Trabajo, dónde puedes ver…
Recupera tus Gastos Hipotecarios GRATIS