Derecho Penal en Alicante

Cadena Perpetua Revisable en España

¿EXISTE LA CADENA PERPETUA EN ESPAÑA?

Habrás escuchado en multitud de «conversaciones de café» que en España no existe la cadena perpetua, pues bien, es un error generalizado entre aquellos que desconocen (incluso sorprendentemente, entre alguno que no) el ordenamiento jurídico español.

En España SI existe la cadena perpetua, (bien es cierto que no desde hace mucho y además con ciertos matices).

La Cadena Perpetua en España antes

La cadena perpetua como la entiende la generalidad de las personas, no ha existido siempre en España.

Hasta el año 2015, en el que tuvo lugar una reforma de nuestro Código Penal, existía un límite máximo de cumplimiento de pena de prisión, independientemente de los años de condena impuestos al reo.

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CADENA PERPETUA EN ESPAÑA

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Este límite se recogía en el artículo 76 del Código Penal, que establece que el máximo de cumplimiento efectivo de la condena del culpable no puede exceder del triple del tiempo por el que se le imponga la más grave de las penas que se le hayan impuesto, con un máximo de 20 años.

De forma excepcional, este límite máximo de 20 años podía alcanzar:

  • Los 25 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y alguno de ellos esté castigado con pena de prisión de hasta 20 años.
  • Los 30 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y alguno de ellos esté castigado con pena de prisión superior a 20 años.
  • Los 40 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y, al menos, dos de ellos estén castigados con pena de prisión superior a 20 años.

ANTES:
Hasta 2015 la máxima pena era de 20 años pudiendo llegar a 40 años en casos muy excepcionales.

La Cadena Perpetua en España actualmente

Pues bien, a raíz de la reforma de nuestro Código Penal operada por la Ley 1/2015 de 30 de marzo, se modifica este artículo 76 introduciendo la prisión permanente, que se aplicará en casos de excepcional gravedad.

Es decir que esta condena a «cadena perpetua” se reserva a crímenes de carácter excepcionalmente grave como el homicidio del Rey o su heredero, de Jefes de Estado extranjeros, genocidio, asesinatos en serie, asesinatos cometidos en el seno de una organización criminal o cuando la víctima sea menor de dieciséis años, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad.

También será castigado con esta pena el asesinato de la víctima tras haber cometido un delito contra su libertad sexual, supuesto en el que podría encuadrarse el caso de la Diana Quer si consiguiera acreditarse que la joven fue víctima de violación antes de su muerte.

ACTUALMENTE : Actualmente existe la Cadena Perpetua en los siguientes casos :

  • Crímenes excepcionalmente graves : Homicidio del rey o su heredero, Jefes de Estado, Genocidio, Asesinatos en Serie, asesinatos con víctimas menores de 16 años o de personas especialmente vulnerables.
  • Asesinato tras agresión sexual.

¿Qué es eso de Cadena Perpetua «Revisable»

Pues bien, esta pena de prisión con carácter permanente se podrá revisar (por el juez o tribunal que dictó la Sentencia) siempre que el condenado haya cumplido 25 o 35 años de prisión (dependiendo de que la condena sea por uno o varios delitos o de que se trate de delitos de terrorismo).

Para ello, el reo debe obtener un pronóstico individualizado favorable a su reinserción social, en el que se tendrá en cuenta:

  • La personalidad del penado y sus antecedentes.
  • Las circunstancias del delito y la relevancia de los bienes jurídicos afectados.
  • La conducta durante el cumplimiento de la pena.
  • Las circunstancias familiares y sociales.
  • Los efectos que quepa esperar de la suspensión y medidas impuestas.

Asimismo, se valorará si concurren en el recluso las circunstancias generales y específicas para acceder al tercer grado en régimen abierto.

Cadena Perpetua. Objecciones

Desde el mes de octubre del 2017, el Congreso tramita una proposición de ley presentada a iniciativa del PNV con el apoyo de todos los grupos de izquierdas y de los independentistas, con el fin de anular esta figura penal. Si se derogara esta pena de prisión permanente revisable, los reos que hayan sido condenados (uno hasta el momento) tendrán derecho a que se revise su condena y se les aplique la regulación más favorable.

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Ver Comentarios

  • las explicaciones son claras y explicitas para lo que tenemos que saber la mayoria de nosotros.

  • La cadena perpetua en España no existe, cadena perpetua es que una vez que el monstruo entra en prisión no vuelve a salir nunca más de ésta con vida.
    Con la prisión permanente revisable con tan solo 8 años ya puede ir saliendo de permiso, lo que me parece una medida verdaderamente blanda, un cachondeo y una temeridad puesto que se pone en un grave peligro a la sociedad porque lo volverá a hacer nada más pisar la calle.

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