¿Cómo pido una reducción de jornada? 4 claves para que sea un éxito

¿Puedo pedir una reducción de jornada laboral en todos los casos? ¿Cómo afecta a mi sueldo? ¿Cuál es la reducción mínima? ¿Puedo también cambiar el horario que hago?

Hoy nos centraremos en la reducción por cuidado de hijo menor de 12 años, aunque hay otras posibilidades.

Pregúntanos y te lo explicaremos.

¿Cómo pido una reducción de jornada? 4 claves para que sea un éxito

La reducción de jornada laboral por cuidado de hijo menor de 12 años

Esta reducción de jornada laboral voluntaria es para todos aquellos que tienen la guarda y custodia de un menor de 12 años.

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Es muy importante que tengas en cuenta que, durante los dos primeros años de reducción, aunque cobrarás menos (en proporción a la reducción), seguirás cotizando al 100%.

¿Qué significa esto?

Que si tienes una baja por enfermedad o te despiden, los cálculos para estos dos casos se harán conforme tu sueldo, sin la reducción.

¿Existe un mínimo de jornada obligatorio?

Si, si tienes una jornada de 40 horas semanales la reducción mínima es de 5 horas semanales.

Es decir, no puedes pedir hacer más de 35 horas a la semana.

O dicho de otra forma, no puedes solicitar una reducción de 2 horas por ejemplo. Mínimo 5 horas.

Al solicitar reducción de jornada ¿Puedo también cambiar mi horario?

La respuesta a esta pregunta tiene (muchos) matices.

Sin embargo, si tenemos que dar una respuesta única tendría que ser positiva. Si se puede ; )

En muchas de las ocasiones sí es posible aprovechar la solicitud de reducción de jornada para realizar cambios en tu horario laboral.

Desde la reforma del Estatuto de los trabajadores en marzo de 2019, se puede pedir la concreción del horario de trabajo como derecho recogido en el Estatuto.

¿Qué relación hay entre la reducción de jornada y el despido?

En el caso de la reducción de jornada laboral por cuidado de hijo, estamos ante una medida para conciliar la vida familiar y laboral del trabajador.

Por tanto, es una situación que goza de especial protección.

Tanto es así que algunos jueces consideran que si tienes una reducción como la que te indicamos y resultas despedido, ese despido se entiende nulo, tal y como ocurre con los despidos de embarazadas.

Recuerda que la reducción debes pedirla con 15 días naturales de antelación y siempre mejor realizarla por escrito.

¡Ah!, y (como siempre)… cualquier pregunta, duda o consulta que tengas… ¡Encantadas de ayudarte!

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Ver Comentarios

  • Hola: tengo una reducción de jornada del 70% por cuidado de hijo desde 2013 por mi hija mayor. Tengo otra hija de 4 años . ¿Puedo estar en la misma reducción con el mismo horario hasta que mi hija pequeña tenga 12 años o tengo que volver a solicitarla cuando la mayor cumpla 12 años?
    Por otro lado, dado que los dos primeros años de una reducción por cuidado de hijo se cotiza al 100%, ¿es necesario ponerse a jornada completa y luego pedir la reducción para beneficiarse de la cotización al 100%?
    Gracias.

    • Buenos días Teresa.

      En primer lugar, le agradezco la confianza depositada en nuestro despacho.

      En cuanto a su consulta, para poder contestarle de la manera más correcta posible sería interesante saber cual es el Convenio Colectivo que se aplica en su empresa. En cualquier caso, atendiendo a lo recogido en el Estatuto de los Trabajadores, entiendo que si solicitó la reducción por su hija mayor, cuando ella cumpla 12 años, tendrá que solicitar la reducción de nuevo por su hija pequeña.

      Sobre su segunda pregunta, la cotización se mantiene durante los dos primeros años desde la fecha de la solicitud, por lo que cuando finalice la reducción por su hija mayor, se entiende que se mantendrá la jornada inicial (completa). Ahí deberá solicitar la reducción y por tanto, debería mantenerse la cotización al 100% durante dos años.

      Espero haberla ayudado.

      Mi correo es florencia@abogados-en-alicante y mi teléfono es el 699651332

      Quedo a su disposición.

  • Buenas tardes, he solicitado reduccion de jornada. El escrito lo entregué el dia 6 de octubre para comenzar a disfrutar dicha reducción el proximo 1 de noviembre. Aun no he tenido respuesta de la empresa? Hay un plazo para que me contesten? Si llega el dia 1 y no tengo respuesta q debo entender? Tengo plazo para reclamarlo o denunciarlo? Gracias fe antemano

    • Hola Ana:

      En primer lugar, agradecerte la consulta realizada a nuestro despacho SEIS & LAW, en relación a mi artículo sobre la (controvertida) reducción de jornada.

      Te cuento brevemente : La reducción de jornada, siempre que la solicitud esté debidamente realizada, debe ser respondida y salvo casos concretos, no puede ser denegada por la empresa.

      En el despacho, y como responsable del Área Laboral siempre recomiendo que ante la falta de respuesta, se remita un burofax a la empresa y se les requiera para que contesten.

      Llegado ese caso, les indicaremos que en el caso de que no contesten, entenderemos como denegada la solicitud y lógicamente debemos proceder a interponer la correspondiente demanda.

      En ocasiones, con ésta forma de actuar, lo que conseguimos es una negociación con la empresa y poder solventar el asunto extrajudicialmente.

      Desde que se entienda producida la denegación, hay un plazo de 20 días para interponer la correspondiente demanda judicial.

      Con la información que expones esa es mi mejor recomendación.

      Pero, si quieres estar realmente segura de cómo actuar el día 1, te invito a solicitar una cita en nuestro despacho.

      Llámame al 699 651 332, concertamos una cita y lo estudiamos con más detalle con toda la información encima de la mesa

      En principio deberías poder disfrutar de la reducción de jornada, pero antes deberíamos estudiar el caso con más información.

      Si estás interesada en avanzar, te animo a concertar una cita formal en el despacho.

      Recibe un cordial saludo Ana.

      Florencia Calero-Sánchez

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