Coronavirus, Extranjería y sus trámites.
Una complicada mezcla que (como casi todo en esta ‘época Covid’ ) es lógico que genere muchas dudas legales y administrativas.
Con la declaración del Estado de alarma el pasado 14 de Marzo, se paralizaban todos los trámites ante la Administración pública, así como la atención presencial en todos los organismos.
Después de más de 40 días de confinamiento y sin horizonte de finalización, las dudas relacionadas con la nacionalidad y el coronavirus son numerosas
¿Qué pasa con mi expediente de nacionalidad?
Si caduca mi tarjeta de residencia, ¿Puedo presentar la renovación o estaré en situación de irregularidad?
Intentaremos resolver todas estas preguntas en este artículo.
Aún así, si tienes algún caso particular que no veas reflejado aquí, no dudes en consultarnos.
¿Qué pasa con mi expediente de nacionalidad con el Coronavirus? ¿Y con mis trámites de Extranjería?
Como ya sabemos, con fecha 14 de marzo, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado», el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que preveía la suspensión de todos los plazos administrativos.
Bien.
Pues el pasado día 8 de abril, se levantó esta suspensión en el Boletín Oficial del Estado, con la publicación de la Resolución de 27 de marzo de 2020 de la Dirección General de la Seguridad Jurídica.
Esta resolución levantaba la suspensión para los procedimientos de adquisición de la nacionalidad española.
Afortunadamente, al levantarse la suspensión se puede continuar con la tramitación de esos expedientes y se han adoptado las medidas que te contamos a continuación.
Las convocatorias del Diploma de Español DELE de abril y mayo de 2020 y las de las pruebas CCSE (conocimientos constituciones y socioculturales de España) de marzo, abril y mayo han quedado canceladas debido a la progresiva implantación de medidas de emergencia para combatir el coronavirus en los distintos países.
Los candidatos que tenían previsto examinarse del DELE en abril o mayo serán asignados a convocatorias posteriores en las que podrán realizar los exámenes si así lo desean.
Todos los inscritos para las pruebas de CCSE de marzo, abril y mayo serán trasladados a las convocatorias de los meses de junio y restantes, de ese mismo año respectivamente.
Además, para responder a los todos aquellos inscritos en las convocatorias anuladas, se amplía el número de convocatorias fijadas
Para ello, se establecen como próximas convocatorias los segundos jueves de mes desde que se inicie la actividad con normalidad, prevista desde mayo a noviembre, ambas inclusive, además de las ya convocadas para el resto del año 2020.
Se establecen además de las fechas de las pruebas inscritas y los periodos de inscripción para las convocatorias CCSE del año 2020 actuales, unas convocatorias excepcionales que se realizaran igualmente los segundos jueves de cada mes desde que se pueda retornar la actividad.
Este refuerzo a partir de mayo en las convocatorias CCSE con dos convocatorias al mes, no está exento de que pueda haber nuevas cancelaciones si se estimase oportuno, por las circunstancias que pudieran sobrevenir.
En cuanto al resto de los trámites de Extranjería, añadir que, las oficinas de extranjería se encuentran cerradas mientras dure el Estado de Alarma.
Se ha suspendido el servicio de citas, por lo que no se podrán solicitar citas hasta que se normalice a la situación.
Igualmente esta suspendido el servicio de Citas-Policía para la expedición de documentos de extranjería e importante, están canceladas las citas que ya estuvieran asignadas.
Y cuando la situación vuelva a la normalidad, aquellos que tenían ya asignada una cita y que ahora está cancelada debido al coronavirus, tendrán un trato preferente y podrán obtener su cita antes.
La respuesta es NO, ya que se trata de plazos administrativos y que conforme a la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, se interrumpen los plazos.
Mientras tanto, se pueden realizar trámites telemáticos mediante las plataformas correspondientes.
Estas plataformas están operativas para seguir realizando trámites habituales, como las renovaciones y modificaciones.
Según el decreto arriba mencionado se admitirán y tramitaran, sin perjuicio a plazos administrativos, las autorizaciones (iniciales y renovaciones) presentadas con posterioridad al mismo.
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