Categorías: Derecho de Seguros

Qué hacer si has sufrido un accidente de tráfico y cómo reclamar la indemnización

¿Qué hacer en caso de accidente?
¿Cómo se puede saber si se tiene derecho a una indemnización?
¿Cuál es el plazo para reclamar? ¿Qué es lo que se puede reclamar?
Cuando se sufre un accidente de tráfico estas son algunas de las preguntas que se suelen hacer y que, en ocasiones, pueden no tener la respuesta fácil que se espera.

Qué hacer si has sufrido un accidente y cómo reclamar la indemnización

¿Qué hacer en cuanto ocurra un accidente de tráfico?

El primer paso, en caso de que todos los implicados estén bien y haya acuerdo entre los mismos acerca de cómo ocurrió el siniestro, es rellenar el parte amistoso (Declaración Amistosa de Accidente – DAA -).

Es muy importante rellenar el parte correctamente puesto que es el documento que informa a las compañías de seguro de lo ocurrido.

Ayudará mucho, siempre que el estado de salud lo permita, documentar lo ocurrido haciendo fotografías antes de mover los vehículos o recabar los datos de los testigos.

A la hora de rellenar el parte amistoso hay que tener en cuenta que deben incluirse todos los datos y facilitar cuantos más detalles posibles. Hay que indicar los datos básicos del accidente (fecha, hora, lugar, vehículos implicados etc.), si se han producido daños materiales y/o personales, si ha habido testigos etc.

Además, hay que rellenar los campos relativos a cada uno de los vehículos implicados que se distinguen en vehículo A (azul) y B (amarillo). Es muy importante no mezclar datos y facilitar la información relativa al conductor, asegurado, número de póliza, compañía de seguro, daños entre otros.

En el croquis debe indicarse de forma clara como ocurrió el accidente, para que no haya lugar a dudas.

Además, hay un apartado de «circunstancias» en las que deben marcarse las que se dieron en el accidente. En caso de que no se refleje ninguna circunstancia que se ajuste a lo sucedido, hay que utilizar el campo «observaciones» para explicar lo ocurrido.

Si no estás conforme con la versión de la otra parte o lo que se refleja en el parte amistoso, no firmes. Lo mejor es que llames a las autoridades competentes para que sean ellos quienes determinen la culpabilidad en base a lo ocurrido a través del atestado policial.

Tienes que tener en cuenta que dispones de un plazo de siete días para comunicar el siniestro a tu aseguradora.

¿Y si no hay acuerdo entre los implicados?

Si algunos de los implicados no quieren firmar el parte amistoso es necesario llamar a la Policía (o la Guardia Civil dependiendo de donde haya ocurrido el accidente) para que levanten el atestado correspondiente.

¿Qué sucede si el accidente de tráfico es grave y ya interviene la Policía o la ambulancia?

En caso de accidentes graves, lo normal es que al llamar al 112 acudan tanto la Policía como la ambulancia con lo cual ya se encargarán de dejar constancia de cómo ocurrió el accidente, tomarán declaración a los implicados y a los posibles testigos y reflejarán sus conclusiones acerca de la culpabilidad en el atestado.

La Policía entrega normalmente un documento en el que se indica el número de parte (para obtener posteriormente el atestado), los agentes intervinientes, los datos de los vehículos implicados y los trámites a seguir, debiendo remitir dicho documento a la compañía aseguradora o al abogado que te está asesorando.

Lesiones y daños materiales: qué hacer y pasos a seguir para obtener la indemnización

¿Siempre tengo derecho a indemnización? ¿Qué conceptos son indemnizables?

Tendrás derecho a la indemnización por los daños derivados de un accidente de trafico siempre y cuando no seas responsable del mismo.

Por lo tanto, será decisivo el parte amistoso en el que se determine la culpabilidad o bien, el atestado. También tendrás derecho a indemnización en caso de ser ocupante del vehículo siniestrado o de ser peatón.

No tendrás derecho a indemnización cuando se te pueda atribuir el 100% de la culpa del accidente, incluso siendo peatón.

En caso de concurrencia de culpas, recibirás la indemnización en el porcentaje correspondiente a tu implicación en la causación del accidente.

¿Cuáles son los conceptos indemnizables y como se determina la indemnización?

Los conceptos indemnizables como consecuencia de un siniestro son, en línea general, los daños materiales y los daños personales.

Los daños materiales (patrimoniales) se dividen entre “daño emergente” y “lucro cesante”.

Los primeros son los gastos que ha ocasionado el siniestro que pueden ser:

DAÑOS MATERIALES INDEMNIZABLES

  • Daños directos ocasionados por la colisión como por ejemplo daños al vehículo, gafas, ropa, móvil etc. En este caso es aconsejable custodiar los objetos dañados, las facturas de compra y hacerlo constar en el parte o en el atestado;
  • Gastos de farmacia y sanitarios. Es importante guardar todos los tickets y prescripciones médicas;
  • Gastos de desplazamiento

El lucro cesante es la perdida de beneficios ocasionada como consecuencia del accidente; es más complejo de acreditar por lo que es aconsejable contar con la ayuda de un experto que te asesore.

Los daños personales indemnizables pueden ser por:

DAÑOS PERSONALES INDEMNIZABLES

  • Muerte;
  • Lesiones temporales (periodo lesivo que va desde el día del accidente hasta la estabilización lesional);
  • secuelas (en caso de que las lesiones no mejoren al finalizar el proceso de curación se convierten en secuelas);
  • Perjuicio estético;
  • Intervenciones quirúrgicas;
  • Incapacidades;

La Ley 35/2015 prevé todos los supuestos indemnizables y todos los perjudicados que tienen derecho a una indemnización, por lo que será en base a los conceptos y preceptos contenidos en la misma que se calculará el importe.

No existe una indemnización estándar por lo que dependerá de cada caso en concreto siendo muy aconsejable contar con la ayuda de un experto para poder obtener la indemnización máxima a la que tengas derecho puesto que la Ley prevé una infinidad de supuestos al margen de los genéricos descritos en este artículo.

¿Hay un plazo para acudir a Urgencias?

Evidentemente lo más importante es velar por tu salud por lo que lo mejor es acudir inmediatamente a urgencias para que te diagnostiquen, te curen y dejen constancia de las lesiones sufridas como consecuencia del accidente para que se pueda establecer un nexo de causalidad.

Es importante comentar a los facultativos que te atiendan todo lo que tengas para que se refleje en informe de urgencias y en el diagnostico puesto que, de lo contrario, es decir, si intentas reclamar alguna lesión que no conste en la documentación médica, no recibirás indemnización por entender que dicha lesión no deriva del siniestro.

Debes acudir al médico lo antes posible y, por lo general, dentro de las 72 horas siguientes al accidente para que, incluso las lesiones musculares que solo son susceptibles de ser diagnosticadas a través de las propias manifestaciones de la victima, puedan ser indemnizadas.

Si dejas transcurrir ese plazo sin acudir a urgencias o al centro de salud, lo más probable es que tengas problemas para reclamar la indemnización correspondiente.

Es importante recordar que la asistencia sanitaria de urgencia derivada de un accidente de trafico no está cubierta por la Seguridad Social por lo que deberás facilitar al hospital los datos de los vehículos implicados en el accidente y sus aseguradoras para que sean éstas las que se hagan cargo del pago del servicio.

Si no dispones de seguro y el otro conductor no es el culpable, tarde o temprano te llegará la factura del hospital.

Como en todo, existen algunas excepciones por las que las compañías aseguradoras podrán declinar el pago, y que dependen de cada caso en concreto, por lo que es importante estar siempre asesorado desde un principio.

Supuesto distinto es el de la rehabilitación necesaria para la curación y estabilización de las lesiones que será autorizada, en su caso, por la compañía en un centro médico concertado.

¿Cómo se solicita la indemnización? ¿Qué plazo tengo?

Para solicitar la indemnización a la aseguradora del conductor causante del accidente es OBLIGATORIO formular una reclamación extrajudicial cuyo contenido es marcado por la Ley.

La compañía de seguros está obligada a realizar, en el plazo máximo de tres meses desde la recepción de la reclamación, o bien una OFERTA MOTIVADA en la que se ofrecerá la indemnización, o bien, una RESPUESTA MOTIVADA en la que se rechazará la indemnización debiendo, en ambos casos, fundamentar sus conclusiones.

En caso de desacuerdo, se podrá acudir a la vía judicial para reclamar la indemnización correspondiente.

Si la compañía me paga parte de la indemnización, ¿ya no tengo derecho a reclamar el resto?

Sí tienes derecho.

Se puede aceptar la indemnización a cuenta de lo que te corresponda y reclamar la diferencia.

Para ello tienes que contar con toda la información acerca de la dinámica del accidente, la documentación médica y un informe pericial en el que se detallen y valoren las lesiones, secuelas etc.

Plazo para presentar la reclamación extrajudicial.

El plazo para presentar la reclamación extrajudicial es de un año desde la estabilización de las lesiones; aun así, puesto que en ocasiones puede ser complicado determinar dicha fecha, es aconsejable usar como referencia un año desde la fecha del accidente. Para la demanda judicial el plazo es el mismo, es decir un año, pero se interrumpirá con la reclamación extrajudicial.

Tu compañía aseguradora te asignará un abogado para reclamar tus lesiones pero, por lo general, las pólizas contemplan el derecho del asegurado a designar un abogado particular.

Es decir, es muy posible que puedas elegir el abogado particular que te interese y sin coste.

Y este aspecto, es importante…

Ponerte en manos de abogados especializados en accidentes de tráfico desde el primer momento, te ayudará tanto a recibir el mejor tratamiento médico como a obtener la mejor indemnización posible.

IMPORTANTE

Un abogado especialista en accidentes de tráfico…

  • Te aconsejará para que tengas un mejor tratamiento médico.
  • Velará por tus intereses para que consigas la máxima indemnización.

Si tienes alguna duda y quieres recibir un asesoramiento personalizado llámanos, escríbenos o directamente ven a vernos, en nuestro despacho somos especialistas en Derecho de Seguros y accidentes de tráfico  y sabemos ayudarte.

¡Ah!, y (como siempre)… cualquier pregunta, duda o consulta que tengas… ¡Encantadas de ayudarte!

Compartir
Comparte
Escrito por

Artículos Recientes

El Derecho a Pensión Compensatoria

De todos los aspectos que se regulan tras la ruptura del matrimonio, el derecho a…

20 febrero, 2023

Incapacidad permanente y determinación del grado de discapacidad. Algunas cosas que debes saber.

Es común la confusión entre discapacidad e incapacidad. Se suele mezclar Seguridad social, discapacidad e…

2 noviembre, 2022

Autorización Inicial de Residencia Temporal no lucrativa

Este visado pueden solicitar los nacionales de terceros países que desean residir en España, sin…

16 septiembre, 2022

El fichero de morosos y la vulneración del Derecho al Honor : Reclama tu indemnización

¿Te han incluido indebidamente en un fichero de morosos? Debes saber que la inclusión en…

4 mayo, 2022

La Incapacidad no existe. Un paso en la lucha contra la discriminación y a favor de la igualdad de todos los seres humanos.

La Ley 8/2021 reforma del Código Civil elimina la incapacitación judicial y la sustituye por…

31 marzo, 2022

4 cosas que debes saber si te sanciona la Inspección de Trabajo

Te explicamos como comienza el proceso sancionador de la Inspección de Trabajo, dónde puedes ver…

14 marzo, 2022

Recupera tus Gastos Hipotecarios GRATIS