¿Qué es un delito leve de lesiones?, ¿Y un delito leve en general?, ¿Es lo mismo un delito leve que una falta?.

¿Has recibido una notificación citándote para comparecer como denunciado por un delito leve?. Si es así, te asaltarán muchas dudas

¿Qué pasará cuando llegue al Juzgado?, ¿Qué va a ocurrir en el juicio?, ¿Tengo que contratar a un abogado por un delito leve?, ¿Qué tipo de pena me pueden imponer?, ¿Puedo entrar en prisión?, ¿Qué es una pena de días-multa? o ¿Te quedan antecedentes por un delito leve?. Vamos a tratar de resolver alguna de estas preguntas.

EL DELITO LEVE

¿Qué es un delito leve?

En primer lugar, decir que son delitos leves aquellos castigados con penas leves.

Si, es una definición poco clara, pero hay que tener en cuenta que en Derecho Penal el tipo de delito viene determinado por la pena asociada.

Las penas leves más comunes son la imposición de una multa de uno a tres meses o la obligación de realizar trabajos en beneficio de la comunidad de uno a 30 días.

Existen sin embargo más tipos de penas leves, todas recogidas en el art. 33 (apartado 4) del Código penal

Penas leves son por ejemplo…

  • La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres meses a un año
  • La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres meses a un año
  • La inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales de tres meses a un año
  • o la privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo inferior a seis meses, entre otros

¿Puedo ir a la cárcel por un delito leve?

La respuesta es sencilla (y rotunda) : En ningún caso cabe imponer una pena de prisión para un delito leve.

¿Qué es y cómo se calcula la pena de días-multa de un delito leve?

La pena de multa consiste en una sanción económica por el sistema de días-multa.

Mediante este sistema de días-multa, se impone el pago de una cuantía determinada a pagar durante un número determinados de días. La extensión mínima son 10 días y la máxima dos años.

La cuota diaria tendrá un mínimo de dos euros y un máximo de 400 euros. A estos efectos, se considerará que los meses tienen 30 días y los años 360 días.

En el caso de personas jurídicas (sociedades), la pena puede tener una extensión de hasta cinco años, y puede alcanzar una cuantía de 30 a 5.000 euros.

Ejemplo de sanción por días-multa

Si por ejemplo se impone una multa de un mes a seis euros diarios, el condenado deberá pagar 180 euros y así se entenderá cumplida la pena.

6 €/día x 30 días = 180 €

¿En qué se basa el juez para imponer una multa por delito leve más o menos larga?

El artículo 52 del Código Penal establece que la multa se establecerá en proporción al daño causado, al valor del objeto del delito o al beneficio reportado por el mismo.

También tienen en cuenta las circunstancias atenuantes y agravantes si las hay, pero también y de forma muy especial, la situación económica del denunciado.

Por este motivo no debe extrañarte que al finalizar el Juicio, el Juez se interese por los ingresos económicos del denunciado : la multa suele ser proporcional a ellos. Además, tendrá en cuenta también otras circunstancias especiales como estar en paro, ser familia numerosa o tener personas discapacitadas a su cargo.

Consejo : Si tienes justificante de ello, te recomendamos que se lo entregues a tu letrado para que haga constar estas circunstancias especiales, el Juez las tiene siempre en cuenta a la hora de fijar la cuantía de la multa.

¿Se puede cambiar la pena de multa de un delito leve tras la Sentencia?

Si después de la Sentencia, empeorase la situación económica del condenado, el juez o tribunal, excepcionalmente y tras la debida investigación de su situación económica, podrá reducir el importe de la multa.

¿Qué pasa si no se paga la multa de un delito leve?

El artículo 53 del Código Penal establece que si el condenado no satisface la multa impuesta en la Sentencia, se aplicará una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no pagadas (es decir, un día de prisión por cada dos días de multa no pagada). Tratándose de delitos leves, sin embargo, esta pena puede cumplirse mediante localización permanente.

Diferencias entre delito leve y falta

Delitos leves y faltas… ¿Son lo mismo?. Tras la reforma del Código Penal en 2015, algunas de las conductas denominadas como faltas pasaron a denominarse delitos leves, y otras simplemente se despenalizaron y desaparecieron.

El delito leve y los antecedentes penales

En esta reforma además se introdujeron otra serie de novedades, como por ejemplo, que a diferencia de las antiguas faltas, los delitos leves suponen antecedentes penales que se podrán cancelar 6 meses después de la extinción de la pena. Si quieres ampliar información sobre como cancelarlos no te pierdas nuestro (interesante) artículo sobre la Cancelación de antecedentes penales

El delito leve ¿Cuándo prescribe?

También cabe destacar que la prescripción de los delitos leves es de un año (es decir que transcurrido un año desde la comisión del delito, ya no se puede juzgar), mientras que las faltas prescribían a los 6 meses.

Juicio por delito leve

¿Cómo se juzga un delito leve?

El procedimiento por delito leve es muy sencillo y rápido, y se resuelve mediante un juicio ante el Juez de instrucción (o el de violencia sobre la mujer).

¿Es necesario abogado en juicios por delitos leves?

No, no es obligatorio asistir con abogado y procurador, por lo que el denunciado puede acudir al Juzgado y defender sus derechos personalmente. Sin embargo en muchas ocasiones no es aconsejable acudir sin abogado, especialmente si alguna de las partes implicadas acude asistida de abogado.

¿Qué derechos tengo como denunciado por un delito leve?

El denunciado tiene derecho a recibir información por escrito de los hechos por los que se denuncia. También tiene derecho a designar abogado para su defensa.

Además, debes saber que debes acudir al juicio provisto de las pruebas de las que intentes valerte para tu defensa (fotos, grabaciones, correos electrónicos, conversaciones por whatsapp, testigos, etc.)

La no asistencia al juicio de forma injustificada no suspende su celebración, de forma que el juicio se celebrará sin que el denunciado pueda defenderse.

Solamente si la celebración tiene lugar en una ciudad diferente a la de la residencia del denunciado, puede éste presentar un escrito dirigido al juez alegando lo que estime para su defensa, o incluso otorgar poderes a un abogado para que le defienda y realice las consideraciones que considere pertinentes.

Esquema juicio delito leve. ¿Cómo se desarrollará el juicio?

Al comenzar el juicio se pregunta al denunciado si conoce los hechos de los que se le acusa.

A continuación declaran denunciante y denunciado, que responde a las preguntas del Juez y del Ministerio Fiscal, y de los abogados de las partes si estuvieran asistidos de estos profesionales.

Tras ellos, declaran los testigos si los hubiere y se practican las pruebas propuestas por el acusado y el denunciante y admitidas por el juez.

Finalmente, el Juez dictará Sentencia en unos días, que se notifica a las partes y a los ofendidos por el delito (victimas) aunque no se mostraran parte en el procedimiento.

Apelación del Delito Leve

¿Se puede apelar las Sentencias por delitos leves?

Si, la Sentencia por delito leve se puede apelar ante la Audiencia Provincial en el plazo de 5 días hábiles desde la notificación de la Sentencia.

Si se considera necesario visionar la grabación del Juicio para realizar el recurso de apelación, se puede pedir esta grabación en el Juzgado, y este plazo de 5 días se interrumpe hasta que te facilitan la grabación, tras lo cual, se reanuda el plazo para recurrir.

Os facilitamos un escrito para solicitar la grabación con interrupción de plazo para recurrir.

Tipos de delitos leves

Consejo para recordar, si entra en juego una cantidad económica en el asunto, el número mágico para los delitos leves es : 400 €

Al final del artículo te dejamos un listado con todos los tipos de delitos leves según el Código Penal.

Seguro que te queda alguna duda relacionada con los delitos leves o simplemente tu caso implica circunstancias diferentes o especiales, en este caso no dudes en preguntarnos.

Estaremos encantadas de atenderte. Agosto, fin de semana o festivo… da igual… ¡Aquí estamos! :).

Recursos (útiles) para delitos leves

Te dejamos a continuación el formulario para solicitar la grabación del juicio por delitos leves (e interrumpir plazo) y un listado con todos los tipos de delitos leves.

Ver listado tipos de Delitos Leves

  • Lesiones de menor gravedad.
  • Golpear o maltratar de obra a otro sin causarle lesión.
  • Amenazas leves.
  • Coacciones leves.
  • Mantenimiento contra la voluntad del titular, fuera de horas de apertura, en domicilio social de la persona jurídica, pública o privada, despacho profesional u oficina, o en establecimiento mercantil o local abierto al público.
  • Hurto de cuantía inferior a 400 euros.
  • Sustracción de cosa mueble propia.
  • Alteración de lindes con utilidad inferior a 400 euros.
  • Distracción de aguas con utilidad inferior a 400 euros.
  • Estafa de cuantía inferior a 400 euros.
  • Administración desleal con perjuicio patrimonial inferior a 400 euros.
  • Apropiación indebida de dinero con perjuicio patrimonial inferior a 400 euros.
  • Apropiación indebida de otras cosas muebles ajenas por cuantía inferior a 400 euros.
  • Defraudación de luz, gas, agua, telecomunicaciones, etc., de cuantía inferior a 400 euros.
  • Uso indebido de equipo terminal de telecomunicación ajeno, con perjuicio inferior a 400 euros.
  • Daños de cuantía inferior a 400 euros.
  • Uso de moneda falsa cuyo valor aparente no exceda de 400 euros.
  • Distribución o utilización de sellos de correos o efectos timbrados falsos cuyo valor aparente no exceda de 400 euros.
  • Uso público e indebido, sin autorización, de uniforme, traje o insignia que le atribuyan carácter oficial.
  • Falta de respeto a la autoridad.

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Ver Comentarios

  • Hola,
    Tengo una duda, he leído en algún articulo que depende el delito no hace falta cancelar el delito, ya que se cancela sólo. Es cierto esto?
    Fui juzgado y condenado por un delito leve hace ya un año y medio, por un importe no superior a 400, por hurto en un súper.
    Tendría que cancelarlos o ya se cancelan solos cuanto pasa los seis meses desde el pago de la multa?
    Gracias

    • Hola Javier,
      Los antecedentes NO se cancelan solos.
      Tienes que instar la cancelación ante el Ministerio de Justicia mediante una solicitud muy sencilla donde consten:

      · Nombre y apellidos
      · Filiación
      · Localidad
      · Provincia y fecha de nacimiento
      · Documento acreditativo de tu identidad y domicilio
      · Teléfono móvil o correo electrónico que desees a efectos de notificación

      En la página web del Ministerio de Justicia encontrarás un modelo de solicitud, pero es suficiente para iniciar el expediente realizar un sencillo escrito del titular que contenga todos los datos citados, así como la petición claramente manifestada.

      Para agilizar la resolución es conveniente adjuntar a la solicitud un certificado de cumplimiento de penas, expedido por el juzgado o tribunal competente.

      Un requisito para la cancelación (art. 136 del Código Penal es el no haber delinquido de nuevo durante los siguientes plazos:

      · Seis meses para las penas leves.
      · Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
      · Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
      · Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
      · Diez años para las penas graves.

      El cómputo de estos plazos se interrumpirá por la comisión de nuevos delitos durante su transcurso.

      Espero que te haya sido de utilidad.
      Un saludo, Carolina Flórez de Quiñones

  • Agradecer a Patricia y a sus abogados la ayuda desinteresada y apoyo para mi juicio de mañana mil gracias.
    Recomiendo a estos abogados.

    • Estimada Eva, te comento

      El delito leve de estafa es aquel en el que el valor de lo defraudado no supera los 400 euros.

      Se recoge en el articulo 248 del Codigo penal y prevé una pena de multa de uno a tres meses.

      La pena de multa consiste en una sanción económica por el sistema de días-multa. Importante : es exclusivamente una multa económica, no tiene más repercusiones penales.

      Mediante este sistema de días-multa, se impone el pago de una cuantía determinada a pagar durante un número determinados de días.

      La cuota diaria tendrá un mínimo de dos euros y un máximo de 400 euros/dia. A estos efectos, se considerará que los meses tienen 30 días y los años 360 días.

      Es decir que si (por ejemplo) la Sentencia impone una multa de un mes, a razón de 6 euros al día, la multa a pagar será de 180 euros (30 dias x 6 euros/dia) .

      Espero haberte aclarado tu pregunta

      En cualquier caso, si quieres profundizar en tu caso concreto no tienes más que contactarme en cflorezdequinones@icali.es.

      Estaré encantada de responder a tus dudas.

      ¡Saludos Eva!

  • Buenas, he sido condenado por un delito leve por agresión, me han impuesto una indemnización de 90 euros para el denunciante y así como el pago de las costas del precidimiento y una multa de 30 días a 6 euros el día como multa.
    Como puedo saber cuanto son los costes del procedimiento? donde tengo que pagar? Y cuanto tiempo tengo para pagarlo?
    Muchas gracias.

    • Buenas tardes Manuel,

      En cuanto a la indemnización a la víctima y la multa que te han impuesto, debes pagarlo en cuanto la Sentencia sea firme, es decir, 5 dias hábiles después de que sea notificada (si nadie ha recurrido).

      Debes pedir en la oficina del propio Juzgado que te faciliten la cuenta donde debes hacer el ingreso. Se trata de una cuenta de consignación del Banco Santander.

      En cuanto a las costas, aunque te hayan condenado, solo tienes que pagarlas si la parte denunciante llevaba abogado.

      Si es así, el propio abogado tasará las costas y las presentará su tasación de costas y el juzgado te dará traslado para que las abones.

      Las costas se calculan conforme al baremo de honorarios del colegio de abogados de la ciudad donde se celebró el juicio. En Alicante, por ejemplo, la denuncia se barema a 200 euros (si la hizo el abogado) y la asistencia al juicio son 300 euros.

      Espero haberte sido de ayuda

      Carolina Flórez de Quiñones

  • Buenas tardes,
    He hurtado en un supermercado, es la primera y única vez que lo hago y haré.Estoy avergonzada..., el importe puede ser de unos 50€ y se ha presenciado la policía, me han tomado los datos y me han dicho que espere la notificación del juzgado.Cuánto tara en llegar la notificación , y de cúal creen que ería mi pena, cuantía?.Estoy muy asustada...trabajo y gano 1050 € y vivo sola, de alquiler...no sé si eso les puede ayudar.
    Muchas gracias por leer mi mensaje y estaré muy agradecida si me dan una respuesta que ùeda ayudarme,
    Un saludo

    • Hola María

      No puedo responder a tu pregunta de cuándo llegará la notificación, porque eso depende del Juzgado al que corresponda tu asunto y puede estar mas o menos colapsado.
      Solo te informo de que si en un año no se celebra el juicio, el delito habrá prescrito y no será posible imponerte ninguna condena.
      Las penas por hurto inferior a 400 euros se recogen en el artículo 234 del Código Penal, en concreto en su párrafo 2, y oscilan uno a tres meses de multa.
      Las multas son lo que se denominan "multas día", que consiste en un pago de una cantidad de dinero calculado en función del tiempo de condena. En la condena se especificará no solo el tiempo de condena si no también el importe de la multa.
      Por ejemplo, si la condena es de un mes a 6 euros, la multa será de 180 euros (6 euros/día x 30 días).
      Si nunca te han condenado por un delito, y además en el juicio por delito leve reconoces los hechos, es muy probable que te impongan la pena mínima de un mes. Para calcular el importe de la multa se tiene en cuenta cuanto ganas, si tienes cargas familiares, etc.
      Si no tuvieras empleo en el momento del juicio, lo normal es que te impongan la pena de 6 euros o quizá menos.
      Las condenas por delito leve nunca podrán ser de prisión, pero sí que conllevan antecedentes penales.
      Espero haberte ayudado. Si puedo ayudarte en algo más, no dudes en preguntarnos.
      Un cordial saludo

      Carolina Flórez de Quiñones

  • Hola, me ha ayudado mucho esta página

    En octubre del 2021 me acusaron por delito leve de hurto (de 8€) el cual no reconozco pero no me dejaron hablar al momento que me acusaron luego que sonó la alarma, de inmediato llamaron a la policía, anotaron mis datos, y me dijeron que me citaría el juez, 3-4 meses después nunca me llego la cita y llame muchísimas veces para que agilizaran el proceso ya que me tenía muy agobiada y nada, han pasado 9 meses desde el suceso y no me han llamado ni citado.
    Ahora bien ya me informe gracias a ustedes que si transcurre un año desde el día del delito no pueden ya citarme y no pasará nada, pero en caso de que me citen en los próximos meses antes de cumplirse los 12, mi gran duda, es que si yo debo informar a mi trabajo (dependienta de tienda) sobre el citado de juzgado, y si llego a tener la multa y por esto me quedan antecedentes penales, puedo perder mi trabajo? Gracias!

    • Hola Valentina.

      Gracias por tus comentarios. Voy a tratar de resolver la duda que me planteas.

      Efectivamente si te citan antes de que transcurra el año, tendrás que acudir al juicio.

      No tienes que explicarlo en tu trabajo. Es un asunto personal tuyo del que, en mi opinión no tienes que dar cuenta a nadie (más allá de pedir permiso para ausentarte el día del juicio, por el motivo que quieras contar).

      Si te condenan, tendrás antecedentes penales que se pueden cancelar en un año desde que cumplas la pena (se trata de una pena de multa, que te aconsejo pagar de golpe y cuanto antes para que empiece a contar el plazo para cancelar los antecedentes).

      Es difícil que en tu trabajo sepan que tienes antecedentes penales, ya que esa es una información confidencial y en principio, solo tú (u otro juzgado en el caso de que cometas otro delito) puede recabar esa información.

      Sí que es verdad que para algunos trámites (como obtener la tarjeta de residencia para los extranjeros), para acceder a algunas oposiciones relacionadas con la seguridad (policía, guardia civil, etc.) o para acceder a determinados empleos (médico, vigilante de seguridad, taxista, etc.), es necesario aportar un certificado de antecedentes penales, pero no parece que sea tu caso.

      Espero haberte ayudado.

      Carolina Flórez de Quiñones

      • Muchísimas gracias!!

        También tengo otra duda y es si puedo o no viajar en este lapso de tiempo, quizás de poder puedo pero ya que no me han llamado a juicio me recomendarías no salir de españa?

  • Buenas me han penado 17 dias por delito leve de daños por no abonar 210 euros si desde que me llega la notificacion de presentarme en prision , puedo ir al juzgado y pagar el importe y que no me metan 17 dias en prision ? O ya es inamovible esa decisión

    • Estimado Alvaro

      La responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa tiene naturaleza de pena leve si sustituye a una pena derivada de un delito leve, como es tu caso (artículo. 33.5 del Código Penal).

      Pues bien, esta pena de prisión que te han impuesto por no pagar la multa (al derivar de un delito leve) puede cumplirse mediante localización permanente o, si el juez lo considerara y tu estuvieras de acuerdo, mediante trabajos en beneficio de la comunidad (artículo 53 del Código Penal). En este caso, cada día de privación de libertad equivaldrá a una jornada de trabajo.

      Espero haberte aclarado tu duda

      Un saludo cordial

      Carolina Flórez de Quiñones

  • Buenas tardes. Si interpongo una denuncia por estafa recibida, menor de 400 e y se me cita, como es el caso para un juicio sobre delitos leve, en caso de no acudir con abogado y perder el mismo, me podria suponer algun tipo de costas, gastos o similar? Gracias de antemano.

    • Cualquier persona que resulte citada por un juez debe acudir al requerimiento judicial.
      Si además eres denunciante en un delito leve, la incomparecencia en el juicio puede acarrearte la imposición de una multa de 200€ a 2000€
      Si no puedes acudir al juicio por una imposibilidad transitoria como por ejemplo por enfermedad, debes comunicarlo inmediatamente al juzgado para que señale nueva fecha de celebración del juicio.
      Las costas procesales no se devengan en un juicio por delito leve porque no es obligatorio comparecer con abogado y procurador.
      Espero haber aclarado tus dudas.
      Un saludo cordial.
      Carolina Flórez de Quiñones

  • Hola recibí una denuncia de acoso a una menor y soy discapacitado intelectual que pena me pondrán estoy asustado

    • Las penas por delito leve solo pueden consistir en multas de contenido económico, no es posible pena de prisión.

      Un saludo

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